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ACTUALITZEM LES INFORMACIONS A TRAVES DEL BLOC

                                             http://comitempresacampnou.blogspot.com

Desde el día 19 de agosto de 2009, hasta hoy, hemos estado luchando para que la empresa respete el acuerdo que firmamos en abril de 2007 y se reconozca el derecho de lo trabajadores fijos, fijos discontinuos y temporales que vinieron a trabajar al Gamper, de cobrar el tiempo de exceso de la jornada.

No ha sido un trabajo en vano, pues la sentencia que hemos conocido hoy, del titular del juzgado 32 de Barcelona, nos reconoce el derecho.
 
Lo podemos resumir en los puntos:

 

1. La jornada no puede exceder de 4h por partido. Si es más larga, éste tiempo ha de ser pagado al trabajador.

2. Que el día del Gamper 2009, los trabajadores prestamos servicios 1.45h más de lo habitual.

3. En la sentencia, la Magistrada titular del Juzgado 32 de Barcelona, declara:“… el derecho de los trabajadores de Europea de Cuinats S.L. adscritos al centro de trabajo sito en las instalaciones del FC Barcelona (Camp Nou) en Barcelona, en calidad de fijos discontinuos, a que les sea retribuido el exceso de jornada sobre las 4h de cada partido/evento, a razón de la proporción excedida respecto de la retribución fija estipulada para cada categoría o/y puesto de trabajo en él, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración”.

 

Lo mas importante es que está definida, por sentencia judicial, la jornada de 4h por partido que se pactó desde el principio.
 
Damos las gracias a todas y todos los compañeros que nos han apoyado en todo el proceso, y nos han ayudado a seguir adelante.
 
Si alguno de vosotros quiere leer la sentencia íntegra, nos la podéis pedir por e-mail y os la enviaremos.

 

 

contactar:  comitempresaeucampnou@gmail.com